
Está alegre pero es un asno. Urge cambiar la educación española sino cada día más asnos y sin sonrisa
Uno es mal pensado. Como suponía que la mayoría de intervenciones -políticas y periodísticas- sobre el nuevo proyecto Wert se iban a basar en cuatro titulares y casi nadie se iba a leer el texto antes de alabarlo o ponerlo a caer de un burro, dedique mi blog a linkarlo facilitando el que se pudiera leer.
Se veía venir que el gran tema de discusión sería la enseñanza del ‘catalán’ y que el primer gran escollo sería la Generalitat de Catalunya acostumbrada, también en este tema, a hacer lo que le pasa por la punta de la nariz. Ya tenemos el conflicto, la Consejera, que ya ayer levanto en cólera y vino a decir que lo aplicaría Rita la cantadora y jamás en Cataluña, hoy, indignada, ha abandonado la reunión y se ha ido.
Simplemente para que tengáis datos sobre el tema si no os veis con capacidad de leer los 68 folios del proyecto, bastante técnicos por cierto, os transcribo el cogollo de la cuestión de la enseñanza de las leguas cooficiales.
Ahí va, es literal, no hay trampa:
“Disposición adicional trigésima novena. Lengua castellana y lengua vehicular de la enseñanza.
1. Las Administraciones educativas garantizaran el derecho de los alumnos a recibir las enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado. En las Comunidades Autónomas que, junto al castellano, posean otra lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, el ejercicio de ese derecho se ajustara a las reglas enunciadas en el apartado siguiente.
La lengua castellana y su literatura tendrán el tratamiento necesario para que todos los alumnos la comprendan y se expresen en ella con corrección, de forma oral y por escrito, al finalizar la enseñanza básica.
Las Administraciones educativas adoptaran las medidas oportunas a fin de que la lengua no constituya obstáculo para hacer efectivo el derecho de los alumnos a recibir conocimientos, ni sea fuente de discriminación en el ejercicio del derecho a la educación.
2. En las Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, el uso de las lenguas deberá acomodarse lo siguiente:
a) Las administraciones educativas garantizaran en todas las etapas educativas obligatorias que las lenguas cooficiales sean ofrecidas en las distintas asignaturas en proporciones equilibradas en el número de horas lectivas, de manera que se procure el dominio de ambas lenguas oficiales por los alumnos, sin perjuicio de la posibilidad de incluir lenguas extranjeras.
b) Corresponde a las Administraciones educativas determinar la proporción que proceda en el uso del castellano y la lengua cooficial como lenguas vehiculares en el sistema educativo, en atención al estado de normalización lingüística.
c) Las Administraciones educativas podrán otorgar, en función del estado de normalización lingüística en sus territorios, un trato diferenciado a la lengua cooficial respecto del castellano en una proporción razonable, sin que en ningún caso pueda suponer de hecho la exclusión del castellano.
d) Mientras no se realice la determinación a que se refiere el párrafo anterior, los padres o tutores tendrán derecho a escoger la lengua vehicular de la enseñanza que reciban sus hijos. Cuando, como consecuencia de dicha falta de determinación, no exista oferta docente pública o concertada en la lengua vehicular elegida en la localidad de residencia de los alumnos, los padres o tutores podrán optar por escolarizar a sus hijos en centros privados, correspondiendo a la administración educativa sufragar los gastos de escolarización.